Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

- Implementación
- Mantenimiento
- Mejora Continua

PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Ley N° 27942 - Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

A través de nuestro Sistema se busca dotar a las empresas de las herramientas para conformar e implementar lo dispuesto por la ley en materia de hostigamiento sexual, con el objetivo de mejorar el clima laboral en sus empresas y minimicen las contingencias y posibles sanciones en materia inspectiva por la SUNAFIL.

El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante.

Pasos para implementar un Sistema de Gestión eficientemente

Nos ponemos en contacto según su requerimiento.

Se fija fecha para una evaluación inicial.

Elaboramos Informe de detección de riesgos y peligros.

Elaboramos la Documentación y fijamos el cronograma de actividades.

Entregamos la documentación lista para afrontar una inspección.

Importancia del Sistema de Gestión de PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Las obligaciones en materia de prevención y procesamiento de los actos de hostigamiento sexual son exigibles a todos los empleadores del sector privado y público, sin distinción de la conformación, de la actividad económica, del régimen laboral, ni del objeto social. Obligaciones cuyo incumplimiento van desde las infracciones leves, hasta las muy graves en el ámbito inspectivo, que pueden acarrear multas de hasta 52 UIT.

¿Sabias Que?

Sólo en Lima y Callao se han reportado la mayor cantidad de accidentes ocupacionales mortales a nivel nacional, con un total acumulado del 54.3% en comparación con otras localidades del país.

¿quienes somos?

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